Una llamada de nuestro tiempo: cambios en las Constituciones

Feb 25, 2022 | La Congregación

Roma, Italia. El XXVI Capítulo General de los Misioneros Claretianos, celebrado en Nemi del 15 de agosto al 11 de septiembre de 2021, evaluó la vida y misión de la Congregación. De esa evaluación surgió la propuesta de modificar los números 120 y 156 de las Constituciones de la Congregación. La propuesta obtuvo el respaldo requerido para ese tipo de cambios, por lo que el Gobierno General solicitó a la Santa Sede que aprobara dicha modificación.

La propuesta surge de las experiencias vividas por la Congregación en los sexenios anteriores, en los que se ha visto conveniente fortalecer los servicios de animación de la vida y misión en las Delegaciones Independientes de la Congregación, habida cuenta del número de miembros que algunas tienen, de la extensión de sus territorios misioneros y de la representación que hasta ahora tenían en los capítulos generales. Una de las comisiones que preparó el Capítulo General de 2021 estudió la cuestión y trasladó su parecer al Capítulo. Los capitulares estudiaron la cuestión con espíritu de discernimiento, pronunciándose al respecto el día 10 de septiembre, tal como recogen las actas del Capítulo (n. 19).

Las propuestas estudiadas rezaban del siguiente modo:

CC 120: “Cuando el Gobierno General lo considere necesario, el Superior Mayor de una Delegación Independiente podrá tener hasta cuatro Consultores para poder animar y gobernar mejor el Organismo Mayor, atendiendo al número de sus miembros y a la extensión de su territorio de misión”.

CC 156: “Que las Delegaciones Independientes que cuentan con más de cuarenta profesos de votos perpetuos gocen de los mismos derechos de participación que las Provincias en los Capítulos Generales”.

A partir de las propuestas aprobadas, el 13 de diciembre de 2021 se presentó una nueva redacción de esos números de las Constituciones a la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica (CIVCSVA).

Dicho Dicasterio, en carta oficial fechada el 15 de febrero de 2022, aprobó los cambios propuestos, por lo que los números 120 y 156 de las Constituciones de los Misioneros Claretianos pasan a tener la siguiente redacción:

120. El Superior de la Delegación tendrá hasta cuatro consultores cuando el Superior General con su Consejo lo considere necesario para una mejor animación y gobierno de la Delegación, y teniendo en cuenta el número de sus miembros y el tamaño de su territorio. Los Consultores designados pueden ejercer el cargo de Ecónomo y Secretario. Son nombrados del mismo modo que el Superior Delegado.

——————————————————-

156. Asisten al Capítulo General:

1) El Superior General como Presidente, los Consultores y los Oficiales Generales.

2) Los Superiores Provinciales.

3) Los Superiores Delegados de las Delegaciones Independientes cuando estas tengan más de cuarenta miembros Profesos Perpetuos.

4) Un Vocal por cada Provincia y un Vocal por cada Delegación Independiente.

5) Cuantos en el precedente Capítulo General hayan sido fijados para guardar la debida proporción en la representación de los miembros de cada Provincia y Delegación Independiente.

6) Cuantos haya determinado el anterior Capítulo General para la representación de las Casas Generalicias y cuantos haya concedido designar al Superior General con su Consejo.

Categorías

Archivo

claretian martyrs icon
Clotet Year - Año Clotet
global citizen

Documents – Documentos